Art. Disposición adicional única
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional única

Derogado54 / 62
En vigor desde 21 dic 2006
La producción, distribución y expedición de los cartones del juego del bingo, impresos, billetes, boletos o papeletas de juegos autorizados por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, salvo que reglamentariamente se disponga otra cosa, corresponderá a ésta en régimen de monopolio y tendrán la naturaleza de género o efectos estancados, a los efectos previstos en la legislación de contrabando.
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