Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
5 / 38En vigor desde 15 dic 2005
1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra regulará el régimen de autorizaciones de nuevas plantaciones y replantaciones de viñedo, en el marco de la normativa comunitaria y demás normativa de aplicación.
2. El material vegetal utilizado en las nuevas plantaciones o replantaciones cumplirá los requisitos establecidos por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
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Proeli/es-nc/lf/2005/12/05/16#art-5