Art. 18
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 18

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En vigor desde 15 dic 2005
Son bienes de dominio público, cuya titularidad corresponde a la Comunidad Foral de Navarra, los nombres geográficos protegidos por estar asociados con cada nivel de protección según su respectiva norma específica cuando su ámbito territorial no exceda del de la Comunidad Foral.
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