Art. Disposición adicional única
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 8 abr 2026
Con la finalidad de guiar la actuación de los poderes públicos, se establecen los siguientes objetivos de inversión en I+D+i en Navarra: Objetivo de inversión en I+D+i en Navarra sobre PIB en 2030: 3%. Objetivo de inversión en I+D+i en Navarra del sector público sobre PIB en 2030: 1%. Objetivo de inversión en I+D+i en Navarra del sector público sobre el Presupuesto General de Navarra (PGN) en 2030: 8%. Este último objetivo se desglosa en la siguiente tabla: Planificación I+D+i según datos reales y objetivo a 2030 2019 2023 2030 Porcentaje Universidades sobre el Presupuesto General de Navarra (PGN). 1,87 1,92 2,00 Porcentaje promoción I+D+i sobre el Presupuesto General de Navarra (PGN). 1,44 1,77 2,00 Porcentaje Aportaciones Nacional y UE para I+D+i en Navarra sobre el Presupuesto General de Navarra (PGN). 2,45 3,39 3,00 Porcentaje Descuento Fiscal sobre el Presupuesto General de Navarra (PGN). 1,01 0,82 1,00 Total Objetivo de Inversión en I+D+i del Sector Público sobre el Presupuesto General de Navarra. 6,77 7,90 8,00 Se modifica por el art. único.32 de la Ley Foral 2/2026, de 23 de marzo. Ref. BOE-A-2026-9044

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eli/es-nc/lf/2018/06/27/15#disposicion-adicional-unica