Art. 31
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 31

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En vigor desde 13 jul 2018
1. La elaboración del Plan de ciencia, tecnología e innovación le corresponderá al departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de I+D+i. 2. Los distintos departamentos de la Administración y entidades del sector público de la Comunidad Foral de Navarra, en los ámbitos que les son propios, propondrán las acciones que deban incorporarse al Plan de ciencia, tecnología e innovación.
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