Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 31
31 / 40En vigor desde 13 jul 2018
1. La elaboración del Plan de ciencia, tecnología e innovación le corresponderá al departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de I+D+i.
2. Los distintos departamentos de la Administración y entidades del sector público de la Comunidad Foral de Navarra, en los ámbitos que les son propios, propondrán las acciones que deban incorporarse al Plan de ciencia, tecnología e innovación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2018/06/27/15#art-31