Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Ejercicio conjunto de los derechos a la inclusión social y a la renta garantizada
Art. Disposición final cuarta
50 / 53En vigor desde 19 nov 2016
Se modifica el apartado 1 del artículo Único.
«1. La Renta Garantizada no podrá ser objeto de embargo salvo en los supuestos y con los límites previstos en la legislación general del Estado que resulte de aplicación.»
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Proeli/es-nc/lf/2016/11/11/15#disposicion-final-cuarta