Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Ejercicio conjunto de los derechos a la inclusión social y a la renta garantizada

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 19 nov 2016
En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley foral, el Gobierno de Navarra deberá aprobar el Plan Estratégico de Inclusión Social y presentarlo al Parlamento de Navarra.
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