Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 40
40 / 117En vigor desde 20 mar 2007
Los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra se organizarán territorialmente de acuerdo con los siguientes principios:
a) Descentralización.
b) Proximidad a la ciudadanía.
c) Eficacia en la satisfacción de las necesidades sociales.
d) Equilibrio y homogeneidad territorial.
e) Accesibilidad a la información y a los servicios.
f) Coordinación y trabajo en red.
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Proeli/es-nc/lf/2006/12/14/15#art-40