Art. 25
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 25

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En vigor desde 20 mar 2007
Las entidades locales podrán elaborar su propia planificación que, respetando la planificación general, la complete en su propio ámbito territorial, a través de planes estratégicos y planes sectoriales de ámbito local.
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eli/es-nc/lf/2006/12/14/15#art-25