Art. 48
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 48

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En vigor desde 16 ago 2001
Las federaciones deportivas de Navarra se rigen por la presente Ley Foral, las disposiciones que la desarrollan, por sus estatutos y reglamentos específicos debidamente aprobados, y por los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de gobierno.
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