Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 67
67 / 92En vigor desde 23 jun 2018
Las sanciones que podrán imponerse por la comisión de infracciones en materia de residuos serán las delimitadas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2018/06/18/14#art-67