Art. 4
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

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En vigor desde 23 jun 2018
Las competencias en materia de residuos serán las establecidas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Además, corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra: a) El cobro y gestión del impuesto a la eliminación en vertedero y a la incineración de residuos. b) La gestión del Fondo de residuos.
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