Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 98En vigor desde 14 dic 2006
Las cooperativas son sociedades que, ajustándose en su organización y funcionamiento a los principios formulados por la Alianza Cooperativa Internacional en los términos establecidos en esta Ley Foral, realizan, en régimen de empresa en común, cualquier actividad económico-social al servicio de sus miembros y en interés de la comunidad.
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Proeli/es-nc/lf/2006/12/11/14#art-2