Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 46
46 / 74En vigor desde 1 mar 2005
La responsabilidad criminal de los Consejeros del Gobierno de Navarra será exigible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2004/12/03/14#art-46