Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 33
33 / 74En vigor desde 12 jun 2008
1. El Presidente del Gobierno de Navarra tiene derecho a utilizar la bandera y el escudo de Navarra como distintivo y a los demás honores correspondientes a su cargo.
2. Asimismo, corresponde al Presidente del Gobierno de Navarra la presidencia de los actos oficiales celebrados en la Comunidad Foral a los que concurra, salvo que la misma corresponda por norma con rango de ley a otra autoridad o a representación superior del Estado presente en el acto.
Se modifica el apartado 1 por el .1 de la Ley Foral 7/2008, de 19 de mayo. Ref. BOE-A-2008-10332
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2004/12/03/14#art-33