Art. 15
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 15

15 / 37
En vigor desde 25 abr 2023
1. El Gobierno de Navarra pondrá en marcha una estrategia autonómica que contemple políticas públicas concretas para eliminar la discriminación racial y el acoso en el empleo, y mejorar la participación en condiciones de igualdad de las personas más expuestas a la discriminación racial en el ámbito laboral. 2. Desde el organismo competente en materia de empleo del Gobierno de Navarra se promoverán las políticas activas de empleo que refuercen y promocionen las competencias personales y profesionales y la empleabilidad y que faciliten el acceso de las personas a un modelo de equidad en las oportunidades de empleo. Se impulsarán formaciones específicas para promover el acceso al empleo en aquellos sectores en que exista menos presencia de personas racializadas, en especial mujeres. 3. Desde el departamento competente en materia de trabajo del Gobierno de Navarra se impulsarán medidas para garantizar a las personas que potencialmente puedan ser discriminadas por razón de su raza o etnia su derecho a la afiliación y la participación en organizaciones profesionales y sindicatos. Se fomentará, a través de los agentes sociales, la inclusión en los convenios colectivos de cláusulas para la prevención, eliminación y corrección de cualquier forma de discriminación a las personas por su origen étnico o racial.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2023/04/05/13#art-15