Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 12
12 / 37En vigor desde 25 abr 2023
1. Se podrán incluir en los pliegos reguladores de contratación de los contratos públicos criterios de adjudicación vinculados al objeto del contrato que valoren medidas adoptadas que visibilicen de forma positiva la diversidad y el reconocimiento a las capacidades de personas de origen étnico o racial minoritario, así como medidas y protocolos de detección, prevención y actuación contra el Racismo y la Xenofobia.
Asimismo, se podrán establecer condiciones especiales de ejecución relacionadas con medidas dirigidas a visibilizar de forma positiva la diversidad y el reconocimiento a las capacidades de personas de origen étnico o racial minoritario, así como con la ejecución de medidas y protocolos de detección, prevención y actuación contra el Racismo y la Xenofobia.
2. En las bases reguladoras de subvenciones o cualquier tipo de ayudas públicas que convoquen la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, se podrán incluir criterios objetivos de concesión de subvenciones que valoren la posesión por los solicitantes de planes de lucha contra el racismo o el reconocimiento público por su implicación en la promoción y el reconocimiento de la diversidad, o que dentro de su estructura organizativa cuenten con personal de origen étnico o racial diverso.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2023/04/05/13#art-12