Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 1 dic 2017
Los informes a que se refiere el artículo 1.3 c) de esta ley foral se dirigirán a una comisión que constituyan los departamentos que concierten a efectos de preparar el estudio a que se refiere la disposición transitoria primera de esta ley foral.
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