Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VII

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 1 ene 2008
Esta Ley Foral entrará en vigor el día 1 de enero de 2008. No obstante lo anterior todo el proceso de elaboración, remisión, enmienda y aprobación de los Presupuestos Generales de Navarra para 2008, se regirá por lo dispuesto en la presente Ley Foral.
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