Art. 145
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 2.ª Procedimientos especiales de revisión

Art. 145

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En vigor desde 31 dic 2017
Son procedimientos especiales de revisión los de: a) Revisión de actos nulos de pleno derecho. b) Declaración de lesividad de los actos anulables. c) Revocación de actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones. d) Rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos. e) Devolución de ingresos indebidos. Se modifica por el .27 de la Ley Foral 16/2017, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-801

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eli/es-nc/lf/2000/12/14/13#art-145