Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición adicional cuarta
43 / 48En vigor desde 1 ene 1993
La Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra podrá modificar:
a) Las reducciones de la base imponible.
b) El límite determinante de la obligación de declarar.
c) Los tramos de la base liquidable y tipos de gravamen.
d) Los demás parámetros cuantitativos del Impuesto.
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Proeli/es-nc/lf/1992/11/19/13#disposicion-adicional-cuarta