Art. Disposición transitoria cuarta

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 9 oct 2024
Lo previsto en esta ley foral respecto a la carrera profesional del personal sanitario de los grupos C y D será de aplicación a este personal sin perjuicio de la futura incorporación de todo el personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a un modelo homogéneo de evaluación del desempeño que, atendiendo a la mejora en la prestación de los servicios públicos, determine la progresión en los sistemas de carrera profesional que puedan establecerse para todos los empleados públicos.
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