Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 9 oct 2024
1. La cuantía anual del complemento de carrera profesional se establece en función de la titulación y el estamento de adscripción y queda determinado de la siguiente forma: – Estamentos del nivel C: Nivel I: 1.652,98 euros. Nivel II: 3.305,96 euros. Nivel III: 4.958,94 euros. Nivel IV: 6.611,92 euros. – Estamentos del nivel D con titulación: Nivel I: 1.414,84 euros. Nivel II: 2.829,68 euros. Nivel III: 4.244,52 euros. Nivel IV: 5.659,36 euros. – Estamentos del nivel D sin titulación: Nivel I: 1.223,32 euros. Nivel II: 2.446,64 euros. Nivel III: 3.669,96 euros. Nivel IV: 4.893,28 euros. 2. Las cuantías señaladas en el apartado anterior serán actualizadas anualmente con el porcentaje de incremento que establezcan las sucesivas Leyes Forales de Presupuestos Generales de Navarra para las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
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