Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 19 jul 2022
1. Quedan derogadas la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia, y todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente ley foral. 2. Permanece vigente el Decreto Foral 168/2002, de 22 de julio, por el que se regula la habilitación de entidades colaboradoras en materia de adopción internacional, en lo que no se oponga a esta ley foral.
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