Art. 44
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª De la metodología comunitaria y las organizaciones comunitarias de infancia y adolescencia

Art. 44

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En vigor desde 19 jul 2022
La acreditación podrá ser revocada mediante resolución motivada del órgano competente, dictada en expediente contradictorio, cuando aquellas entidades dejen de reunir los requisitos o condiciones exigidos en la normativa de aplicación y en las condiciones del correspondiente concierto social o contrato público.
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