Art. 11
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Art. 11

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En vigor desde 19 jul 2022
La actuación de las Administraciones públicas de Navarra tendrá carácter subsidiario respecto de la que corresponde a los padres, madres, tutores, tutoras o guardadores y guardadoras, incluyendo acogedores o acogedoras, como responsables de asegurar, dentro de sus posibilidades y con los apoyos que puedan precisar, las condiciones de vida necesarias para el desarrollo integral de la persona menor.
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