Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 26 nov 2005
Riegos del Canal de Navarra, S. A., mantendrá permanentemente informada a la Comunidad de Regantes del Canal de Navarra del desarrollo de las actividades administrativas y de construcción y explotación de las infraestructuras de la Zona Regable del Canal de Navarra.
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