Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición derogatoria única
145 / 148En vigor desde 15 mar 2019
1. Queda derogada la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
2. Queda derogada la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la implantación de la administración electrónica en la Comunidad Foral de Navarra.
3. Queda derogado el artículo 28 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud.
4. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley foral.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2019/03/11/11#disposicion-derogatoria-unica