Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 15 mar 2019
Los procedimientos tributarios, la aplicación de los tributos, la potestad sancionadora y el procedimiento en esa materia, así como la revisión en vía administrativa de los actos tributarios se regirán por la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, con arreglo al sistema de fuentes en ella establecido.
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