Art. Disposición adicional undécima
Título TÍTULO IX

Art. Disposición adicional undécima

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En vigor desde 28 dic 2012
En los casos en que esta Ley Foral utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del sexo de las personas aludidas o de los titulares de dichos cargos o puestos, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
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