Art. 44
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 44

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En vigor desde 28 dic 2012
1. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Esta participación no atribuirá, por si sola, la condición de persona interesada en el procedimiento. 2. A estos efectos, cada Departamento de la Administración Pública publicará una relación de los procedimientos de elaboración de disposiciones de carácter general que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación. 3. Los ciudadanos y ciudadanas podrán remitir las sugerencias en cualquier momento anterior al trámite de audiencia o de información pública, o en su caso, al informe final de la Secretaría General Técnica. 4. Las sugerencias o recomendaciones recibidas serán tenidas en cuenta por el órgano encargado de la redacción del texto del proyecto, que podrá asumirlas o rechazarlas, constando su actuación en un informe final que se publicará en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet. 5. Esta forma de participación no sustituirá a los trámites de audiencia o de información pública en los supuestos en que sean preceptivos de acuerdo con la normativa vigente.
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