Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 19
Derogado20 / 96En vigor desde 28 dic 2012
1. La transparencia de los convenios de colaboración se articulará fundamentalmente a través del Registro de Convenios y Acuerdos, creado por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, como instrumento de publicidad, transparencia y control de los convenios y acuerdos firmados por la Administración.
2. En todo caso, la regulación del Registro de Convenios y Acuerdos deberá garantizar que los ciudadanos y ciudadanas puedan consultar gratuitamente, tanto de forma presencial como telemática, la relación de los convenios y acuerdos inscritos en el Registro, así como sus modificaciones, y además, los siguientes datos relativos a cada uno de ellos:
a) Las partes firmantes del convenio o acuerdo, sus representantes y el carácter de esta representación.
b) El objeto del convenio o acuerdo, con indicación, en su caso, de las actividades comprometidas, órganos encargados de las mismas y financiación.
c) El plazo y condiciones de vigencia.
d) En su caso, el lugar de publicación del convenio o acuerdo.
e) El objeto de las distintas modificaciones operadas en los convenios o acuerdos durante su vigencia, y las fechas de las mismas.
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Proeli/es-nc/lf/2012/06/21/11#art-19