Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 1 may 2011
Se habilita al Gobierno de Navarra y a la persona titular del Departamento competente en materia de juventud para dictar cuantas disposiciones reglamentarias resulten exigibles para la aplicación y desarrollo de esta Ley Foral.
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