Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Políticas de acceso juvenil
Art. 28
28 / 49En vigor desde 1 may 2011
1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra desarrollará políticas y actuaciones dirigidas a la educación ambiental de las personas jóvenes para favorecer su compromiso con el cuidado del medio ambiente.
2. Las actuaciones dirigidas a la juventud en materia de medio ambiente se orientarán a:
a) Desarrollar medidas específicas de conocimiento de la naturaleza y valoración del patrimonio natural.
b) Impulsar medidas de eficiencia energética en las instalaciones juveniles y apoyar la creación de asociaciones juveniles de voluntariado ambiental.
c) Extender entre las personas jóvenes los hábitos de conservación de la naturaleza y del uso racional de los recursos naturales, así como conductas respetuosas en impacto ambiental y huella ecológica.
d) Fomentar el consumo responsable, la reutilización y el reciclaje, así como el uso de las energías renovables entre la juventud.
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Proeli/es-nc/lf/2011/04/01/11#art-28