Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 18 jul 1998
El importe anual y el desglose del módulo económico por unidad escolar para la enseñanza de primer curso de bachillerato (LOGSE) será el establecido para el tercer curso de bachillerato unificado polivalente por la disposición adicional decimocuarta de la Ley Foral 21/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para 1998.
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eli/es-nc/lf/1998/07/03/11#art-4