Art. Disposición transitoria sexta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria sexta

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En vigor desde 31 oct 1992
Las cuantías recogidas en la presente Ley Foral se actualizarán en el porcentaje que, con carácter general, se ha determinado para las retribuciones de los funcionarios en la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para 1992.
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