Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 67En vigor desde 31 oct 1992
El Personal contratado en régimen laboral adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea se regirá por el Estatuto de los Trabajadores, las disposiciones específicas que se dicten y los convenios colectivos que se acuerden, sin perjuicio de las peculiaridades del carácter público del servicio.
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Proeli/es-nc/lf/1992/10/20/11#art-2