Art. 3
3 / 3En vigor desde 26 mar 1991
Se añade un segundo párrafo al artículo 46 de la Ley Foral 16/1986, con el siguiente contenido:
«La Comunidad Foral de Navarra, en el plazo de treinta días posterior a la presentación ante la Cámara de Comptos de su cóntabilidad, y en concepto de adelanto mientras no concluyan las actuaciones de la Cámara de Comptos, entregará a los Administradores electorales el 45 por 100 del importe de las subvenciones que, de conformidad con los criterios establecidos en la presente Ley Foral, les correspondan de acuerdo con los resultados oficiales hechos públicos por la Junta Electoral Provincial de Navarra.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/1991/03/16/11#art-3