Art. Disposición adicional segunda

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 26 jun 2021
El Gobierno de Navarra realizará una evaluación, al menos anual, del programa, que se presentará al Parlamento de Navarra en el mes de enero de cada año y se publicará en la memoria anual del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, con acceso a toda la ciudadanía.
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