Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 18 jul 2009
Se faculta al Gobierno de Navarra y al Consejero titular del Departamento competente en materia de museos para dictar en los veinticuatro meses siguientes a la entrada en vigor de la misma, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de esta Ley Foral.
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