Art. 3
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 14 feb 2006
La presente Ley Foral será de aplicación, en el ámbito de la Comunidad Foral, a los proyectos, memorias técnicas de diseño y obras de alumbrado exterior, tanto públicos como privados, de nuevas instalaciones, así como a los proyectos de remodelación o ampliación de las existentes.
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eli/es-nc/lf/2005/11/09/10#art-3