Art. 18
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Bases de la concentración parcelaria

Art. 18

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En vigor desde 16 mar 2002
La Comisión Consultiva de concentración parcelaria es un órgano colegiado compuesto por técnicos designados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, representantes de las Entidades Locales y Comunidades de Regantes y partícipes en la concentración parcelaria. Colabora con el citado Departamento en la elaboración del proyecto básico y de las bases de concentración parcelaria, disolviéndose una vez aprobadas éstas. Su composición y funcionamiento se desarrollarán reglamentariamente.
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eli/es-nc/lf/2002/03/07/1#art-18