Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 84
84 / 190En vigor desde 10 ago 2026
El ejercicio económico en las cooperativas tendrá una duración de doce meses y coincidirá con el año natural si los estatutos no disponen lo contrario y salvo en los casos de constitución, escisión y fusión.
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ProBOE-A-2026-13298#art-84