Título TÍTULO IV
Art. 22
22 / 30En vigor desde 19 abr 2026
1. El Principado de Asturias promoverá activamente la titularidad compartida en los términos de la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias, mediante campañas de información, asesoramiento técnico y simplificación de los procedimientos de alta en el registro correspondiente, garantizando incentivos económicos y priorización en el acceso a ayudas públicas y programas de desarrollo rural, cooperando a tal fin con las distintas Administraciones competentes en la materia.
2. El Principado de Asturias establecerá líneas de ayudas dirigidas a fomentar la constitución de explotaciones bajo esta forma jurídica.
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Proeli/es-as/l/2026/03/18/1#art-22