Título TÍTULO IV
Art. 21
21 / 30En vigor desde 19 abr 2026
1. Los órganos competentes de la Administración del Principado de Asturias realizarán campañas de información, difusión y sensibilización acerca del acceso de las mujeres a la titularidad de las explotaciones agrarias en cualquiera de las formas reconocidas por la ley.
2. Estas acciones de promoción y fomento facilitarán la información y explicación de las distintas figuras de titularidad de explotaciones de manera que las interesadas puedan elegir la que mejor se adapte a sus intereses.
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Proeli/es-as/l/2026/03/18/1#art-21