Art. 29
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 29

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En vigor desde 15 nov 1997
1. El Plan Regional sobre Drogas es el instrumento estratégico para la planificación y ordenación de las actuaciones que en materia de drogas se lleven a cabo en Cantabria. 2. El Plan Regional sobre Drogas será vinculante para todas las Administraciones Públicas, entidades públicas y privadas e instituciones que desarrollen actuaciones en materia de drogas. 3. El Plan Regional sobre Drogas tendrá carácter trienal.
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eli/es-cb/l/1997/10/06/5#art-29