Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 64
66 / 103En vigor desde 21 abr 1993
Los funcionarios de la Diputación Regional de Cantabria quedan sometidos a la legislación básica estatal de incompatibilidades y a la normativa que se establezca dentro de la Comunidad Autónoma en esta materia.
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Proeli/es-cb/l/1993/03/10/4#art-64