Art. 32
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 32

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En vigor desde 21 abr 1993
Los funcionarios de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria pueden encontrarse en alguna de las situaciones siguientes: 1. Servicio activo. 2. Servicios especiales. 3. Excedencia en sus diversas modalidades. 4. Suspensión. 5. Servicio en otras Administraciones Públicas.
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eli/es-cb/l/1993/03/10/4#art-32