Título TÍTULO II
Art. 3
3 / 103En vigor desde 21 abr 1993
Todo el personal de esta Administración dependerá orgánicamente del Consejero de Presidencia, sin perjuicio de la dependencia funcional de cada Consejería, exceptuándose el personal eventual que orgánica y funcionalmente dependerá de la autoridad que lo haya nombrado.
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Proeli/es-cb/l/1993/03/10/4#art-3