Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Artículo cincuenta y tres
55 / 111En vigor desde 3 jul 2005
Las personas son designadas por su nombre y apellidos, correspondientes a ambos progenitores, que la Ley ampara frente a todos.
Se modifica por la disposición adicional 2.3 de la Ley 13/2005, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2005-11364 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1957/06/08/(1)#articulo-cincuenta-y-tres